Conducir después de daño cerebral

Conducir después de daño cerebral

Conducir después de daño cerebral

El Reglamento General de Conductores establece que la vigencia del permiso de conducir está condicionada a que el conductor mantenga los requisitos que se le exigieron en el momento en el que se le concedió. Por tanto, si se produce la pérdida de alguna aptitud psicofísica para saber si se puede seguir conduciendo  con el permiso que se había obtenido en su momento, o por el contrario es necesaria alguna limitación, adaptación o restricción. 

La normativa española regula las capacidades psicofísicas necesarias para conducir vehículos tras sufrir accidentes isquémicos transitorios y recurrentes. El Reglamento General de Conductores prohíbe, en caso de ataque isquémico transitorio, conducir vehículos hasta transcurridos al menos 6 meses sin manifestaciones neurológicas, aunque, dependiendo de cuáles sean, excepcionalmente y con informe del neurólogo, se puede permitir conducir turismos. En caso de ataques isquémicos recurrentes, no se permite conducir vehículos.

Aunque no todas personas pueden volver a conducir tras sufrir un daño cerebral, son muchas las que son capaces de ponerse de nuevo al volante. Las secuelas derivadas de un daño cerebral pueden interferir con la capacidad para conducir o suponer un riesgo para la seguridad vial. 

¿QUÉ SECUELAS PUEDEN AFECTAR A LA CAPACIDAD PARA CONDUCIR?

  • Alteraciones sensoriales: Relacionadas con el modo como se recibe la información del entorno a través de los sentidos
  • Visuales: Pérdida de agudeza visual, reducción del campo visual, diplopía.
  • Auditivas: Hipoacusia
  • Equilibrio: Mareo
  • Táctiles: Anestesia o pérdida de sensibilidad táctil.
  • Propiocepción: Desconocimiento de la posición de nuestro cuerpo en el espacio en ausencia de información visual.
  • Alteraciones motoras: Son aquellas relacionadas con la limitación del movimiento coordinado e intencionado del cuerpo o de una o más extremidades.
  • Hemiplejias: Parálisis de la mitad del cuerpo
  • Hemiparesias: Pérdida de fuerza en una mitad del cuerpo
  • Ataxia: Falta de control muscular o coordinación de los movimientos voluntarios.
  • Temblor
  • Espasticidad: Aumento del tono muscular
  • Crisis epilépticas
  • Alteraciones conductuales y emocionales: Alteración emocional, limitado el control de los impulsos o conductas socialmente inadecuadas
  • Alteraciones cognitivas: 
  • Atención: Fatiga, heminegligencia, distraibilidad, problemas de atención dividida, dificultad de atención alternante que limite los cambios atencionales con fluides y reducción en la velocidad de procesamiento de la información que reduzca los tiempos de respuesta.
  • Habilidades visoespaciales
  • Funciones ejecutivas
  • Desorientación topográfica
  • Pobre conciencia de déficit y de estimación del riesgo
  • Problemas para la comprensión de signos y señales

¿QUÉ PASOS HAY QUE SEGUIR PARA PODER CONDUCIR TRAS UN DAÑO CEREBRAL? 

Existen dos grupos de factores que determinan la capacidad para conducir: las secuelas del paciente y las adaptaciones que facilitan la conducción del vehículo.

Los pasos a seguir después de recuperarse de una lesión cerebral son:

  • Solicitar un informe del médico especialista responsable del tratamiento del paciente con daño cerebral que incluya valoración de las capacidades físicas y neuropsicológicas actuales que impacten en la capacidad para conducir vehículos.
  • Evaluación médico-psicológica de la persona en un centro de reconocimiento de conductores al que se aportarán los informes de los especialistas que han tratado las consecuencias de la lesión cerebral
  • Si es necesario realizar adaptaciones del vehículo, la autoridad sanitaria competente propondrá adaptaciones del futuro vehículo y definirá los códigos armonizados a incluir en la licencia de conducción. Se remitirá esta información a la Jefatura Provincial de Tráfico.
  • En el caso de que se considere a persona con discapacidad apta para la conducción deberá comunicarlo a la Jefatura Provincial de Tráfico para realizar un examen práctico. Si la persona es considerada apta en dicho examen, obtendrá su licencia de conducir.

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